Por el Licenciado
ALEJO E, PRADO, Jubilado del IMELCF, Experto en
Huellas Dactilares, Escena del Crimen y Base de Datos del sistema
Biométrico de Identificación dactilar y palmar CAFIS de Panamá- ,
CRITERIO CIENTÍFICO SUGERIDO PARA
APLICAR EN
LA DACTILOSCOPIA
Y
PRINCIPIO TÉCNICO APLICADO PARA LA
DACTILOSCOPIA
Preparado para estudiantes de Licenciatura
en Criminalística y peritos en Panamá.
Los peritos en
Panamá buscamos en todo momento, la forma de aumentar nuestros conocimientos de una u otra forma, enfrentándonos
diariamente a retos teóricos y prácticos a la vez, buscando además, la manera
de transformar la realidad circundante, en una forma razonable y coherente, pudiendo
acumular de esta manera, saberes de todo el entorno en el que vivimos. Estos
conocimientos en conjunto, como la actividad humana desarrollada para este fin
se conocen como “Ciencia”, que se deriva del latín “scire” que su
significado es: Saber,-Conocer, y que en griego, se conoce como “Sophia” que significa el arte del saber. Ciencia, como tal, no la podemos aplicar a
cualquier conocimiento, ya que esta palabra está reservada para los saberes,
que se han obtenido, con metodología, métodos científicos y que debe de cumplir
con determinadas condiciones.
Existen varias
formas de definir un criterio científico, sin embargo, se debe tener en cuenta
el enfoque científico de la ciencia, al definirlo como tal y que le damos cuando
se trate de huellas dactilares, ya que no podemos ignorar los preceptos
postulados por la comunidad científica internacional.
El
conocimiento científico que tenemos los peritos en Criminalística, no crece de
forma natural, crece siempre por estudios o dedicación en esta disciplina (empíricos,
universitarios, teóricos, y prácticos), y
que frecuentemente la realizan; esto requiere que este conocimiento sea racional,
fiable y verificable.
He aquí una
definición de “Criterio Científico aplicado a la Dactiloscopia”, que se puede
tomar en cuenta como sustento científico en un peritaje, como medio para lograr
una identificación a través de la dactiloscopia.
Un
criterio se define como:
Regla o norma,
en la cual se establece un juicio o se toma una determinación sobre algo. Este juicio
o determinación tiene que estar necesariamente fundamentado en un sentido lógico
y coherente del planteamiento, en donde el proponente debe destacar, su punto
de vista u opinión del caso.
Ahora bien un criterio científico lo podemos
definir como: Normas, reglas o pautas, utilizadas fundadamente por quienes
aplican sus conocimientos y tienen la facultad de aplicar métodos, procesos y
procedimientos con el fin de obtener resultados fiables, verificables y que pueda arrojar o formar
una opinión.
Criterio
Científico fundado para un peritaje de identificación en dactiloscopia.
Nos podemos basar en los
principios fundamentales de la dactiloscopia propuesta por Sir Francis Galton en
el cual establece la Perennidad, inmutabilidad y diversiformidad que tienen las
huellas dactilares, debidamente
comprobados a través de los sistemas papiloscopicos, tomando en cuenta el
conjunto de particularidades o pequeños detalles de origen congénito que
presentan las líneas y surcos papilares ubicados en los tejidos epidérmicos de
los pulpejos digitales, así como también en la cara palmar de la mano y planta
de los pies de las personas, las cuales las hacen ser y pertenecer iguales a sí
misma y diferentes a las demás de su misma especie. Estas particularidades de
origen congénito, conforman dibujos que se trasmiten por calcos, los que luego
de su análisis comparativo permiten determinar identidad física humana en forma
indubitable y fehaciente.
Principio
Técnico aplicado para la dactiloscopia.
Los procedimientos técnicos aplicados en
un informe pericial de dactiloscopia, se basa en la observación, estudio o análisis,
que nos permitirá el razonamiento propuesto sobre el criterio científico de la
dactiloscopia y los postulados por la comunidad científica internacional en
este tema y que en Panamá se han determinado en los algunos manuales de
procedimientos los parámetros establecidos para una identificación en segundo
nivel, la cantidad de ocho puntos característicos como mínimo de individualidad
congénita para la dactiloscopia, doce puntos característicos como mínimo de
individualidad congénita para la cara palmar y plantar y la cantidad de veinte puntos característicos como mínimo de
individualidad congénita en caso de dactilogramas decadactilares.
Espero que esta información les sea útil
para el desarrollo de sus conocimientos.